RIGE AUTO DE BUEN GOBIERNO PARA SEGUNDA VUELTA SUBNACIONALES 2021 A PARTIR DE ESTE VIERNES

RIGE AUTO DE BUEN GOBIERNO PARA SEGUNDA VUELTA SUBNACIONALES 2021 A PARTIR DE ESTE VIERNES


La Paz, 7 de abril 2021 (Prensa/GADLP) lapaz.gob.bo .-
La Gobernación de La Paz, emite Auto de Buen Gobierno para garantizar el desarrollo de las elecciones de autoridades departamentales y regionales en los comicios electorales de repetición de votación y segunda vuelta de este 11 de abril, que rige desde las (00:00) horas del viernes 09 de abril hasta las (12:00) horas del 12 de abril.

Enmarcados en la Ley N° 026 Ley de Régimen Electoral, la primera autoridad del departamento de La Paz, Dr. Félix Patzi emitió hoy miércoles 7 de abril, el decreto departamental N°146 que restringe manifestaciones que alteren el orden público antes y durante los comicios electorales, por lo que se prevé la aplicación de sanciones en caso de infracciones.

PROHIBICIONES

La directora de Desarrollo Normativo, Dra. Ivanka Dubeyza Chumacero anunció ante la prensa que las prohiciones rigen desde las cero (00:00) horas del día domingo 11 de abril, hasta la conclusión de los comicios electorales, queda prohibido cualquier forma de manifestación pública de apoyo o rechazo a una candidatura.

Desde cuarenta y ocho (48) horas antes y hasta las doce (12) horas del día siguiente de la jornada de votación, queda prohibido expender o consumir bebidas alcohólicas en cualquier establecimiento público o privado.

Queda prohibido, portar armas de fuego, elementos punzocortantes o instrumentos contundentes y peligrosos que atenten contra la seguridad de las personas. No están comprendidas dentro de esta prohibición las fuerzas encargadas de mantener el orden público.

También está restringido la apertura de locales comerciales, restaurantes, patios de comida, supermercados y mercados.

Tampoco se pueden realizar actos, reuniones o espectáculos públicos de cualquier tipo.

Queda prohibido el traslado de electoras y electores de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte. En caso de presentarse este hecho se remitirá antecedentes al Ministerio Público, conforme el artículo 238, inciso i) de la Ley N° 026.

Asimismo la autoridad departamental aclaró que desde las cero (00:00) horas del día domingo 11 de abril, hasta la conclusión de los comicios electorales, queda prohibido la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de servicio público, con excepción de aquellos que cuenten con autorización extendidas por el Tribunal Supremo Electoral Plurinacional o Tribunales Electorales Departamentales.

SANCIONES

En caso de incumplimiento por parte de cualquier ciudadano (a), los Jueces Electorales impondrán las respectivas sanciones pecuniarias de arresto o trabajo social cuando corresponda, esto de conformidad a lo establecido en normativa vigente del Estado Plurinacional de Bolivia.

La directora de normativa, explicó que las multas por las infracciones descritas serán depositadas en las cuentas bancarias oficiales del Tribunal Supremo Electoral Plurinacional

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